lunes, 29 de abril de 2024 00:00h.

El equipo de gobierno lleva a pleno las modificaciones del reglamento orgánico del pleno y comisiones

El edil de Hacienda, Manuel Gutiérrez, ha explicado las novedades que entrarán en vigor próximamente para el transcurso y la celebración de los plenos

El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Vélez-Málaga ha hecho público las modificaciones del reglamento orgánico del pleno y comisiones, a propuesta del alcalde, Jesús Lupiáñez, una vez que el pasado 27 de octubre de 2023 se procedió a aprobar inicialmente dicho reglamento, publicándose el edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, de 4 de diciembre del 2023.

El edil de Hacienda, Manuel Gutiérrez, ha explicado los detalles sobre estas modificaciones y ha expresado su preocupación, ya que “el pleno no puede convertirse en un circo, como algún miembro de la corporación quiere”.

“Hoy damos a conocer las modificaciones del reglamento orgánico del pleno y comisiones que se ha llevado a cabo en el Ayuntamiento de Vélez-Málaga. Y vamos a detallar algunas de dichas modificaciones que mañana se llevarán a pleno, para su aprobación, en aras de realizar un pleno más participativo y democrático. En primer lugar, el porcentaje del número legal de miembros de la Corporación que integren un grupo municipal y que le otorgue el derecho a presentar una propuesta más en el orden del día del Pleno, así como, en su caso, una moción urgente más, será al menos, un tercio del número legal de concejales que tenga la Corporación de acuerdo con lo preceptuado en el art. 123.5 e) 1o LBRL”.

Por otro lado, para solicitar un pleno extraordinario a instancia de los concejales, resulta necesario que la solicitud venga suscrita por, al menos, “un cuarto del número legal de miembros”, ha proseguido Gutiérrez. Asimismo, los informes al secretario deberán pedirlo al menos nueve concejales de la corporación municipal del Ayuntamiento de Vélez-Málaga.

“A la vista de lo anterior, y en aras de promover una mayor participación políticay al debido respeto al principio de mayorías y proporcionalidad, en el nuevo reglamento, mucho más democrático y participativo que el actual, se determina en un octavo del número legal de miembros de la Corporación necesarios para incrementar el número de propuestas y de mociones. Es decir, es necesaria la mitad de lo que se requiere para solicitar un pleno extraordinario por los concejales, permitiendo a aquellos grupos municipales con más concejales que puedan presentar un mayor número de mociones, más propuestas para su debate y votación en la correspondiente sesión plenaria, así como más número de asuntos urgentes”, ha continuado Manuel Gutiérrez, concejal de Hacienda.

Además, Gutiérrez ha detallado las propuestas que se han hecho al Pleno de la Corporación. “Hemos estimado aportaciones y sugerencias de las llevadas a cabo tanto por el Grupo Municipal Andalucía Por Sí-Andalucistas como por el Grupo Municipal Socialista-PSOE, que ha propuesto dos, por dos concejales diferentes, algo extrañísimo. Dichas sugerencias atañen a los artículos 57.3 b) y 57.6 ROPC, y hacen referencia a que en cada sesión ordinaria, en el punto de asuntos urgentes, los portavoces de los grupos municipales o los concejales no adscritos podrán presentar hasta un máximo de dos mociones, por escrito u oral, debiendo motivarse y justificarse la urgencia de acuerdo con el art. 81 del Reglamento. Asimismo, cada grupo municipal podrá presentar una moción más, por cada, al menos, un octavo del número legal de miembros de la Corporación”.

En el otro punto, las modificaciones son las siguientes: “Cada grupo podrá presentar una propuesta para figurar en el orden del día de cada una de las cuatro comisiones delpleno. En el orden del día del pleno se incluirán, como máximo, dos asuntos por cada grupo municipal.  Asimismo, cada grupo municipal puede presentar una propuesta más por cada, al menos, un octavo del número legal de miembros de la corporación”.

Quien tenga la condición de concejal no adscrito, el límite de propuestas a incluir en el orden del día del pleno será de uno. En caso de que existan varios concejales que hubieren pertenecido al mismo grupo, únicamente podrán presentar una propuesta en total.

“Además -ha proseguido el concejal-, intervendrán sucesivamente los diferentes grupos políticos municipales, por orden de menor a mayor representatividad en el Ayuntamiento, en un único turno de intervenciones. Agotado un primer turno de intervenciones y a solicitud de cualquier portavoz, el presidente podrá dar un segundo turno de intervenciones, pudiendo denegarlo por considerarlo suficiente debatido o cualquier otra circunstancia que justifique no abrir el segundo turno. También se acuerda que los expedientes con propuestas de resolución de la Alcaldía o de los concejales delegados tendrán una duración de 10 minutos por parte del proponente, mientras que los grupos municipales tendrán cinco minutos, cerrando el proponente con otros cinco minutos”, ha terminado de explicar el edil de Hacienda.