Condenada una eléctrica a pagar 107.000 euros a los propietarios de una finca de Moclinejo que ardió
Los demandantes han sido representados por el abogado Abdeslam Lucena, del despacho Lucena Abogados

La compañía eléctrica E-distribución Redes Digitales, anteriormente conocida como Endesa, deberá indemnizar con 107.721 euros, más los intereses correspondientes, a los propietarios de una finca en Moclinejo que sufrió daños por un incendio. La justicia ha determinado que el fuego, ocurrido el 29 de agosto de 2020, fue causado por un mantenimiento deficiente del tendido eléctrico, lo que constituye una negligencia por parte de la empresa, según publica el diario Sur.
Así lo ha dictaminado la Audiencia Provincial de Málaga en una sentencia que revoca por completo una resolución previa del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Vélez-Málaga, emitida en marzo de 2023. La Audiencia aceptó el recurso presentado por los afectados, declarando la responsabilidad extracontractual de la compañía eléctrica. Además, se le impusieron las costas del proceso inicial.
El fallo señala que el incendio, que arrasó aguacates, olivos, almendros, algarrobos, encinas y tuberías de riego, tuvo su origen en un cable eléctrico que, al pandearse y rozar con una higuera, generó un arco eléctrico. Este incidente produjo material incandescente que, al caer sobre vegetación seca, desencadenó el fuego. La sentencia subraya que el roce entre el cable y la higuera evidencia un mantenimiento inadecuado por parte de la empresa, ya que permitir la proximidad entre el tendido eléctrico y las ramas de un árbol constituye una clara negligencia.
Los demandantes, representados por el abogado Abdeslam Lucena, del despacho Lucena Abogados y también alcalde de Benamocarra, fundamentaron su recurso en múltiples pruebas: un informe pericial oficial, testimonios de testigos y evidencias físicas del contacto entre el cable y la higuera. La Audiencia destacó la solidez de estas pruebas, especialmente el informe pericial, que por su imparcialidad y especialización resultó determinante.
El tribunal también enfatizó que la compañía eléctrica tiene la obligación de garantizar la seguridad de sus instalaciones, no solo cumpliendo con las revisiones legales, sino adoptando todas las medidas necesarias para prevenir daños a terceros. En este caso, E-distribución falló al no evitar el pandeo excesivo de los cables ni controlar el crecimiento de la higuera cercana al tendido.
Un informe elaborado por la Brigada de Investigación de Incendios Forestales confirmó que el fuego se originó por un "arco eléctrico por contacto con vegetación" debido a "deficiencias en el mantenimiento". Este dictamen, respaldado por fotografías aéreas tomadas por helicópteros de extinción, mostró que la zona inicial del incendio, junto al tendido eléctrico, estaba quemada, lo que permitió identificar el punto exacto donde un cable poco tenso rozaba con la higuera.
En primera instancia, el juzgado había desestimado la demanda, absolviendo a la compañía eléctrica al considerar que el incendio fue causado por una hoguera mal apagada y no por fallos en el tendido. Sin embargo, la Audiencia Provincial dio mayor peso a la doctrina de la "probabilidad cualificada" y a las pruebas presentadas por los demandantes, revocando la decisión inicial. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).